Eduardo Herrero Urtueta
Los contratos son fuente de obligaciones y, como consecuencia de ello, han de ser cumplidos siempre, atendiendo al principio pacta sunt servanda. No obstante, se ha construido jurisprudencialmente una matización a través de la cláusula rebus sic stantibus, una institución que goza de mucha actualidad y que la Audiencia Provincial de Barcelona analiza, examinando sus requisitos de aplicación, concretamente la imprevisibilidad.