María del Puerto Solar Calvo
La STC de 19 de noviembre de 2020 sobre la LO 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana, ha otorgado viabilidad constitucional al régimen especial de devolución establecido para Ceuta y Melilla en su disposición final primera. Esto es, permite la continuidad de las conocidas como devoluciones en caliente. Con ello, nuestro TC asume la STEDH de 13 de febrero de este mismo año. El presente trabajo analiza esta reciente resolución a la luz de la decisión europea mencionada.