Un miembro de la familia de un ciudadano de la Unión que no tiene la nacionalidad de un Estado miembro, pero que es titular de una tarjeta de residencia permanente, está exento de la obligación de obtener un visado para entrar en el territorio de los Estados miembros. Asimismo, debe considerarse que esta tarjeta acredita, por sí misma, que su titular tiene la condición de miembro de la familia