Sergio Berenguer Pascual
El nuevo Anteproyecto de Ley de Enjuiciamiento Criminal, hecho público recientemente, prevé numerosas modificaciones en el proceso penal, algunas de ellas de grandísimo calado jurídico. Entre las más significativas, sin ánimo de exhaustividad: la de que la instrucción pase a depender de los fiscales, en consonancia con la regulación de otros países de nuestro entorno. El presente artículo se centra sobre ciertos aspectos de —la que se pretende que sea— la nueva regulación del derecho de defensa, que parece que han pasado desapercibidos y sobre los que es recomendable revisar: la limitación del derecho a no autoincriminarse, del derecho a designar libremente un abogado y de la restricción del número de abogados defensores en los actos procesales.