Ana Marzo Portera
Hubo un tiempo en que las normas existentes en nuestro ordenamiento jurídico para regular el derecho acceso de los ciudadanos a la información que poseen los poderes públicos se contemplaba exclusivamente en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, cuyo artículo 37 establecía, casi de forma exclusiva, la regulación general del derecho de acceso de los ciudadanos a los registros y los documentos obrantes en los archivos administrativos. La revolución tecnológica nos hizo comprender que no hay sociedades democráticas sin «gobierno abierto»: la transparencia, publicidad activa y el acceso a la información. O quizás fue simplemente, el «efecto mariposa».