Se examina la relación entre los efectos externos y la redefinición del derecho de propiedad. Se afirma que, puesto que la existencia de efectos externos medio-ambientales es esencialmente un problema de falta de delimitación de los derechos sobre ciertos aspectos medioambientales, la internalización de los mismos, para ser eficiente, exige en primer lugar, que se redefinan esos aspectos. ba de ser así porque el marco jurídico de las facultades del derecho de propiedad determina en qué sentido se orientarán los flujos financieros a la internalización (sanción o pago).