Pamplona, España
Recientemente se ha levantado la suspensión de la aplicación del Título III de la Ley Helms-Burton. Este artículo pretende analizar esta Ley deteniéndose especialmente en el citado Título, para posteriormente abordar las primeras resoluciones judiciales que se han dictado en los litigios suscitados a su amparo. Además, en España se ha planteado una demanda respecto de un supuesto paralelo a los que contempla el Título III de la Ley Helms-Burton; a este respecto se estudian críticamente los motivos por los que se ha declarado la falta de competencia judicial internacional de los Tribunales españoles para enjuiciar el litigio. Finalmente se analiza el estatuto de bloqueo de la Unión Europea con el que ésta ha pretendido proteger a los operadores de la UE frente a las Secondary Sanctions de Estados Unidos. Se trata de un instrumento legal de eficacia limitada, que protege a los bienes situados en territorio de la Unión, pero no a los que se encuentran fuera de la misma. Igualmente, el derecho a recibir una compensación por los daños derivados de las sanciones extraterritoriales norteamericanas se va a ver muchas veces restringido en la práctica.Recibido: 20 abril 2020Aceptado: 21 mayo 2020Publicación en línea: 30 septiembre 2020
The suspension of the application of Title III of the Helms-Burton Act has recently been lifted. This article aims to analyse this Law by referring, in particular, first to the aforementioned Title, and later to the first judgments given in disputes dealing with its application. In addition, in Spain an action has been brought for a parallel case to those covered by Title III of the Helms- Burton Act; in this regard, reasons why the Spanish Courts have declared their lack of international jurisdiction to know about the case are critically examined. Finally, the European Union’s blocking statute is analysed, designed to protect EU operators from US Secondary Sanctions. It is a legal instrument of limited effectiveness that protects assets situated on the European Union territory, but not those outside it. Similarly, the right to compensation for damages arising from US extraterritorial sanctions will often be restricted in practice.Received: 20 April 2020Accepted: 21 May 2020Published online: 30 September 2020