José María Guasch Muñóz
Después de 17 años, desde su aparición en la Ley 39/1988 Reguladora de las Haciendas Locales, se «regula» el recargo sobre el impuesto sobre bienes inmuebles de uso residencial que se encuentren desocupados con carácter permanente. La modificación legal introducida por el Real Decreto Ley 7/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler, permitirá a los ayuntamientos establecer una ordenanza fiscal que permita exigir dicho recargo. En este trabajo se realiza un análisis de los elementos configuradores de dicho recargo, así como cuál debería ser el contenido de la correspondiente ordenanza fiscal.