Castellón, España
Las bonificaciones obligatorias en el IBI, dos de carácter rogado y dos automáticas, afectan actualmente a los mismos supuestos que a finales del pasado siglo, si bien la redacción legal vigente ha planteado problemas de interpretación con especial intensidad en la que se refiere a inmuebles de empresas de urbanización o constructoras, tanto sobre el número de sujetos que pueden disfrutarla y cómo, y el número de años en los que se pueda aplicar si no se han llevado a cabo obras en el último. Las restantes son menos problemáticas.