José Daniel Cordero González
La Ley 57/2003, de 16 de diciembre, reinstauró la vía económico-administrativa en el ámbito local. No obstante, dicha medida solo procedió en los municipios altamente poblados que cumpliesen con lo previsto en el título X de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (en adelante, LRBRL),originándose una dicotomía en el sistema de revisión de los actos tributarios dictados por las Entidades Locales. Es de tener en cuenta la distinción en el régimen de revisión aplicable según si el órgano que ha dictado el acto es de carácter Estatal o Local. Así, cuando se trata de actos dictados por el Estado en el ejercicio de sus competencias propias o actuando por delegación de una Entidad local, el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (en adelante, TRLRHL) nos remite a la normativa general de revisión prevista para los tributos estatales. Sin embargo, cuando se trata de actos tributarios dictados por una Entidad local, el TRLRHL regula expresamente el procedimiento de revisión. Esta duplicidad de procedimientos así como las relaciones existentes entre ellos provocan dísfunciones que nos proponemos analizar en este trabajo. En relación con la suspensión de la ejecución de los actos impugnados, veremos que la normativa es distinta según si la misma se solicita en la vía económico-administrativa, o en el recurso de reposición, resultando aplicable en el primer caso lo previsto en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (en adelante, LGT)y en el Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de desarrollo de la LGT, en materia de revisión en vía administrativa (en adelante, RGRVA),y en el segundo, lo previsto en el TRLRHL.
Law 57/2003, ofDecember 16,reinstated the economic-administrative route at the local leve!. However, this measure only proceeded in highly populated municipalities that complied with the provisions ofTitle X ofLaw 7/1985 of2 April, Regulator of Local Regime Bases, originating a dichotomy in the system of review of the tax acts dictated by the Local Entities. It is necessary to take into account the distinction in the applícable review regime according to whether the body that h~s dictated the act is State or Local. Thus, when it comes to acts dictated by the State in the exercise of its own powers or actíng by delegation of a local Entity, Royal Legislatíve Decree 2/2004 of 5 March, which approves the Consolidated Text of the Law regulating Local Tax Authorities (hereinafter, CTLLTA)refers us to the general revision regulations provided for state taxes. However, when it comes to tax acts díctated by a local Entity, the CTLLTAexpressly regulates the review procedure. This duplicity of procedures as well as the re\ationships between them cause dysfunctions that we propose to analyze in this work. In relation to the suspension of the execution of the contested acts, we will see that the regulations are different depending on whether the same is requested in the economic-administrative way, or in the appeal for replacement, resulting in the provisions of the Law applicable in the first case 58/2003, of December 17, General Tax (hereinafter, LGT)and in Royal Decree 520/2005, of May 13, which approves the General Regulation of development of the LGT,in terms of revision in administrative route, and in the second, the provisions of the CTLLTA