Las disposiciones del Decreto Ley 11/2020, de 10 de julio, son de aplicación a los hechos y conductas realizados en Baleares por cualquier persona física o jurídica que incumpla las medidas y obligaciones establecidas para paliar los efectos de la crisis ocasionada por la COVID-19. En los casos de infracciones muy graves podrá imponerse, además de la multa y como sanción accesoria, el cierre del local o el establecimiento donde se haya producido la infracción, o la prohibición de realizar la actividad durante el plazo máximo de tres años.