Eduardo Oliva Gómez
Cuando en la relación matrimonial surgen las desavenencias entre la pareja, la discusión, la intolerancia, la falta de interés de continuar la vida en común, la terminación de los sentimientos y afectos que mantenían vigente la unión matrimonial, aparece la figura jurídica del divorcio como una solución efectiva y cierta frente a la problemática que vive la pareja. En estas condiciones, el divorcio disuelve la unión matrimonial, sin embargo, la terminación del matrimonio no pone fin a las relaciones familiares, la familia subsiste más allá del divorcio; la disolución no debe afectar las relaciones entre madre y padre con relación a sus hijos –niñas, niños y adolescentes-, por ello, el divorcio no viene solo, le acompañan una serie de efectos y consecuencias jurídicas.
En el presente trabajo se hace la revisión y estudio de las consecuencias jurídicas que provoca el divorcio en relación con los hijos del matrimonio disuelto, en lo específico, en los temas relacionados con la guarda y custodia. Indudablemente el tema es complejo puesto que la disolución del vínculo matrimonial provoca una serie de consecuencias en las relaciones personales entre padres e hijos, la convivencia diaria se fractura y los hijos –niñas, niños y adolescentes- pueden llegar a sufrir un grave distanciamiento con alguno de sus padres y con ello, daños psicoemocionales y sociales. La reglamentación jurídica de la guarda y custodia debe ser atendida siempre bajo una visión de reconocimiento, respeto y protección total a los derechos de niñas, niños y adolescentes; el interés superior de ellos debe ser entendido y aplicado como el principio rector para que sus derechos se mantengan en la mejor de las condiciones ante la separación de sus padres, procurando en todo momento evitar cualquier tipo de afectaciones en su sano desarrollo físico, psicoemocional y social.
When a marriage starts going through discussions, fights, intolerance, and a lack of interest in keep sharing a life, with the end of love and mutual affections, divorce appears as an effective and accurate solution before the problems that the couple is facing. Under these circumstances, divorce ends the marriage, but its ending doesn’t mean the conclusion of the ongoing family relationship, since family subsists even after divorce. The ending of a marriage shall not affect the relationships that the parents have with their children –girls, boys and teenagers– which is why divorce doesn’t come alone, but together with diverse juridical effects and consequences.
The following paper reviews and studies the juridical consequences that divorce causes regarding the relationship between the children and the now annulled marriage, specifically within the subject of guard and custody of the kids. There is no doubt of the complexity of the subject, since the termination of the marriage entails a series of consequences that directly affect the relationships between parents and children, including the rupture of the former shared living, and the possibility of distancing between the family members, particularly that of the kids with one of their parents, which might result in a psychological, emotional and social damage for the children. Juridical regulation of guard and custody must always be approached under the light of recognition, respect and total protection of the rights of children and adolescents, of whom the superior interest must be understood and applied as the guideline so that their rights stay under the best circumstances in spite of their parents separation, seeking to avoid any sort of affectation to their physical, psychological, emotional or social development.