En un Estado de Derecho la vía de hecho representa la abominación o el error craso y merece enérgica reacción jurídica, facilitando el legislador su pronta cesación y adopción de medidas. Debería ser una pieza de museo y sin embargo aflora con bochornoso goteo ante los tribunales contencioso-administrativos. Su erradicación pasa por la educación institucional de autoridades y funcionarios, por la respuesta disciplinaria a quienes la propician y por la flexibilización jurisdiccional de los requisitos de apreciación para atajarla.