Aprobada la liquidación de un contrato de obras con un saldo a favor de la Administración, el contratista procedió al pago y se dispuso la devolución de las garantías y el archivo del expediente. Meses después, el contratista solicita el abono de intereses de demora por el pago tardío de una certificación previa a la liquidación final. Tanto la Sala de instancia como la Administración entienden que no es procedente el pago de dichos intereses.