El Tribunal de Justicia de la Unión Europea considera que el contrato de servicio de transporte público urbano de A Coruña puede continuar su vigencia hasta el fin de su término previsto para finales de 2024. El Ayuntamiento de A Coruña interpretaba que una aplicación retroactiva de las disposiciones transitorias del Reglamento (CE) n.o 1370/2007 acortaba la duración de dicho contrato, que había sido adjudicado en 1986. La controversia venía dada por la falta de precisión que la norma contenía a la hora de computar el plazo máximo de continuidad de treinta años previsto para ciertos contratos adjudicados antes de la entrada en vigor del Reglamento. La sentencia es novedosa por cuanto interpreta de forma vinculante una disposición que llevaba más de diez años pendiente de aclaración, contribuyendo al desarrollo del Derecho de la Unión Europea en el campo de los servicios de transporte público. Además, esta sentencia envía de este modo un claro mensaje a las autoridades competentes y a los operadores económicos en el ámbito del transporte público.
The Court of Justice of the European Union considers that the A Coruña urban public transport service contract can continue its validity until the end of its term scheduled for the end of 2024. The City Council of A Coruña interpreted that a retroactive application of the transitional provisions of Regulation (EC) No. 1370/2007 shortened the duration of this contract, which had been awarded in 1986. The controversy was due to the lack of precision that the rule contained when computing the maximum term of continuity of thirty years foreseen for certain contracts awarded before the entry into force of the Regulation. The judgment is novel in that it interprets in a binding manner a provision that had been pending clarification for more than ten years, contributing to the development of European Union law in the field of public transport services.
Furthermore, this judgment sends a clear message to competent authorities and economic operators in the field of public transport.