Víctor Torre de Silva y López de Letona
Desde 2009 la memoria del análisis de impacto normativo debe acompañar a los anteproyectos de ley y a los proyectos de reglamentos. Se inserta este requisito en el procedimiento de elaboración de disposiciones generales y es acorde con las tendencias de "legislar mejor" y del análisis de impacto regulatorio. La Ley 26/2015, de 28 de julio, introdujo la obligatoriedad de que incluyan el análisis de su impacto en la familia. Sin embargo, la práctica en el ámbito de la Administración del Estado no resulta satisfactoria, pues conduce a una negación simple y rutinaria de cualquier impacto en la familia, como medio para zafarse de la obligación de valorarlo, Algo que contrasta con la creciente exigencia de la jurisprudencia en la materia.
In accordance with the so-called "regula tory impact analysis" and "better regulation" theories a compulsory regulatory impact analysis for all new State regulations was introduced in Spain in 2009. As provided by a 2015 statute, this regulatory analysis must include the impact of the proposed regulation on the family. However, the practice is flawed in the Spajulio nish national public administration. In fact, impact on the family is erroneously denied as a routine, instead of performing the mandatory analysis. This contrasts with the increasingly strict scrutiny of Spanish Courts of Justice in this field.