El Reglamento (UE) nº 2016/1103 determina la Ley aplicable a las capitulaciones matrimoniales, pero no hace referencia a los acuerdos prematrimoniales en previsión de una futura crisis matrimonial. Pactos cuyo contenido (personal o patrimonial) puede ser diverso y abarcar materias excluidas de su ámbito de aplicación. Determinar cuál sería la ley aplicable al pacto prematrimonial transfronterizo, así como los requisitos de fondo y forma exigidos para su validez, se presenta como una tarea compleja. A modo de ensayo, focalizamos nuestro análisis, en determinados pactos de renuncia anticipada a compensaciones económicas que pudieran corresponder como consecuencia de la separación o divorcio.