El Reglamento N.º 562/2006 por el que se establece un Código comunitario de normas para el cruce de personas por las fronteras constituye uno de los instrumentos básicos para la plena realización de la libre circulación de personas en la Unión Europea. En comparación con los instrumentos equivalentes del Acervo de Schengen, hay que celebrar el avance que el Reglamento supone desde la perspectiva de la protección de los derechos fundamentales de las personas. Sin embargo, el respeto efectivo de tales derechos depende en muy buena medida que se supriman las limitaciones que el art. 68 TCE impone a la competencia del TJUE.
Regulation 562/2006 represents one of the main instruments for the complete realization of the free movement of persons in the European Union. In comparation with the equivalent Schengen instruments, it is remarkable the important advance in the protection of fundamental rights. Nevertheless, the effective respect of those rights will very much depend on the suppression to the limitations established by art. 68 ECT to the jurisdiction of the ECJ.