Una de las características más significativas de la legislación urbanística española es su «cantidad». Se trata de un ordenamiento jurídico injustificadamente numeroso, muy complejo, burocratizado, basado en principios e instituciones propias de otra época y muy sensible a los cambios políticos. Todo ello afecta muy negativamente a la capacidad de los Planes urbanísticos para adaptarse a una realidad muy cambiante y al principio constitucional de la seguridad jurídica.