Iniciada la fase de explotación de la obra, la concesionaria de una autopista solicita la devolución del aval de construcción. La Administración considera improcedente la devolución ya que, por un lado, no se han abonado los justiprecios a los expropiados y, por otro, la concesionaria no ha reparado determinados caminos y una carretera provincial afectados por la obra.