Miguel Angel García Valderrey
En el marco de una situación de excepcionalidad como la declarada por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, resulta preciso llevar a cabo medidas dirigidas en especial a la protección y asistencia de las víctimas de violencia de género y, en particular, de aquellas que puedan encontrarse en una situación de especial vulnerabilidad.