El estrés laboral como factor de riesgo psicosocial debe ser considerado no sólo en el ámbito de la aparición de enfermedades que guardan relación con la esfera psicológica del trabajador, sino que también debe ser valorado como causante de la manifestación de padecimientos físicos, en general, y del infarto de miocardio en particular. Este postulado –desde la consideración de riesgo a la de causa- es el núcleo del trabajo que presentamos, desde el que pretendemos categorizar al estrés no solo como daño derivado de ciertos riesgos psicosociales, sino abundar en que efectivamente debe ser considerado un riesgo en sí mismo. Especialmente relevantes para esta consideración resultan los supuestos de infarto de miocardio, siendo esta la razón de su tratamiento en este trabajo como caldo de cultivo idóneo para presentar la doble faceta del estrés, id est, como riesgo y como daño.