Si el estudio de la jurisprudencia sentada por el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (TJCE) en la sentencia "Schmidberger" resulta de interés es porque los criterios de los que se sirvió dicho órgano jurisdiccional para evaluar la justificación de un obstáculo consistente en el bloqueo de una autopista por una manifestación de ecologistas permitirán a la Comisión una aplicación más eficaz del Reglamento nº 2679/98 (al que la doctrina suele referirse como el Reglamento "Fresas"). Sin embargo, en el citado fallo el TJCE se abstuvo de pronunciarse sobre los criterios relativos a los procedimientos para la indemnización de los perjudicados en caso de infracción por "Inacción" de un Estado miembro ante determinadas actuaciones de los particulares, por lo que este tema se ha convertido en una verdadera "asignatura pendiente" de las Instituciones comunitarias.