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Resumen de Italia debería haber velado por que sus poderes públicos respetaran, en sus operaciones comerciales con las empresas privadas, plazos de pago no superiores a 30 o 60 días: TJ, Gran Sala, S 28 Ene. 2020. Asunto C–122/18: Comisión/Italia (Directive lutte contre le retard de paiement)

Nuno Piçarra


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