En la sentencia Nederlands Uitgeversverbond y Groep Algemene Uitgevers (C-263/18), pronunciada el 19 de diciembre de 2019, la Gran Sala del Tribunal de Justicia declara que el hecho de proporcionar al público mediante descarga un libro electrónico para su uso permanente está comprendido dentro del concepto de «comunicación al público» en el sentido de la Directiva 2001/29 sobre los derechos de autor