Pedro Alberto de Miguel Asensio
Ilustrativo de la dificultad de la tarea asumida por el IDI al elaborar su Resolución de 31 de agosto de 2019 sobre los aspectos de Derecho internacional privado (DIPr) relativos a la vulneración de los derechos de la personalidad en Internet (en adelante, Resolución) es que va referida a un sector en el que no ha sido posible la adopción de normas comunes sobre ley aplicable ni siquiera en el seno de la UE, lo que resulta excepcional, habida cuenta de la unificación de esas normas en el resto de sectores de responsabilidad extracontractual en virtud del Reglamento Roma II.