Desde que se aprobó la LO 1/2004 de Medidas de protección integral contra la violencia de género ha existido un conflicto del término «machismo» en mi opinión porque dicho concepto no ha sido traspuesto al vigente Código Penal, lo que nos da como consecuencia una aplicación un tanto automática del concepto para todos los actos de violencia contra las mujeres, lo que ocasiona a veces una situación un tanto injusta y más cuando desde el punto de vista procesal se vulneran derechos sagrados como son el derecho a la defensa o a la presunción de inocencia.