Según la interpretación que lleva a cabo el TS del Estatuto Básico del Empleado Público y del Reglamento de Régimen Disciplinario de los Funcionarios de la Administración del Estado, el órgano sancionador puede sustituir la sanción de multa que figura en la propuesta de resolución por la de suspensión de funciones sin trámite previo de alegaciones o audiencia del expedientado.