El presente análisis trata con exhaustividad la cuantificación de la principal fuente de igresoss tributaria de los entes comarcales, las tasas. Como es sabido, las comacas, según el artículo 136 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, no podrán exigir impuestos o recargos, ni participación en los tributos que recaude el Estado y que refiere dicha Ley. Esta importante limitación deja a las tasas como primera fuente de ingresos, y, en concreto, a las tasas por prestación de servicios, que son mayoritaias en las comarcas, puesto que los espacios públicos comarcales son escasos.
The present paper is related to the capacity of quantification of the principal source of tributary income of the regional entities, the rates. As it is known, the counties, according to article 136 of Law 39/1988, of December 28, Regulator of the Local Treasuries, did not demand taxes or surcharges, nor the participation in the tributes that remember the State and the said law. This is one of the main sources of income, and, in particular, the rates of service provision, wich are the most important in the regions.