El Juzgado reconoce que, si bien no resulta posible admitir la completa reclamación de responsabilidad, al no haberse verificado la infracción de la lex artis en la realización del parto, la entidad de las secuelas padecidas tras el mismo, conducen a una situación de incapacidad permanente en grado de absoluta, que obliga al Juzgado a reconocer parcialmente la pretensión indemnizatoria.