María de los Reyes Corripio Gil-Delgado
Este artículo tiene por objeto exponer las particularidades jurídicas en cuanto a la protección de los derechos de autor de las creaciones informáticas. Estas particularidades proceden, en primer lugar, de la necesidad de entender la exigencia de originalidad de una forma menos rigurosa para los programas de ordenador y las bases de datos, en segundo lugar, del reforzamiento de los derechos patrimoniales sobre estas obras, atendidos tanto el monopolio sobre las obras como por la configuración estricta de sus límites, en comparación con las demás obras literarias, científicas o artísticas. Y, en tercer lugar, de la emergencia de un derecho sui generis sobre las bases de datos que supone una novedad importante en relación con la tradicional configuración de los derechos de propiedad intelectual.