Jean B. Devaureix
La sentencia de 6 de febrero de 2018 de la Sección 15 de la Audiencia Provincial de Barcelona ha establecido que el titular de la patente que ejercita una demanda frente a un tercero a sabiendas de que su patente es nula por falta de novedad, por haber sido divulgada por el propio titular con anterioridad a su solicitud, actúa de mala fe, y por tanto resulta aplicable el artículo 114.1 de la Ley de patentes 11/1986 (idéntico al actual artículo 104 LP) que permite al perjudicado solicitar una indemnización de daños y perjuicios al titular de la patente que ha obrado de esta manera.
En el caso concreto, se concede la indemnización de daños y perjuicios al perjudicado en la medida en que el titular de la patente había obrado de mala fe, al interponer una acción de infracción de patentes contra dicho perjudicado en el pasado (con base en dicha patente) y obtener una condena al cese y una indemnización de daños y perjuicios, que quedó firme.