De conformidad con el art. 11, ap. 4 del Tratado de la Unión Europea, un grupo de al menos un millón de ciudadanos de la Unión, procedentes como mínimo de una cuarta parte de los Estados miembros, puede tomar la iniciativa de invitar a la Comisión a que, en el marco de sus atribuciones, proponga al legislador de la Unión la adopción de un acto jurídico para los fines de la aplicación de los Tratados («iniciativa ciudadana europea»; en lo sucesivo, «ICE»). Antes de poder empezar a recoger el número de firmas requerido, los organizadores de la iniciativa deben haberla registrado en la Comisión, que examinará, en particular, su objeto y sus objetivos.