Rafael Álvarez Gimeno
En los últimos meses ha habido dos sentencias, una del TJUE y otra del TC, que han considerado que la forma de calcular la pensión de jubilación de los trabajadores a tiempo parcial prevista en la LGSS, tomando en cuenta el denominado «coeficiente de parcialidad», resulta contraria al principio de igualdad y no discriminación, lo que contraviene tanto el Derecho de la UE como la CE. En este artículo se analizan ambos pronunciamientos y se estudian las consecuencias que acarrean para los trabajadores y para la Seguridad Social.