María del Puerto Solar Calvo
En ocasiones, conceptos que parecen novedosos no vienen más que a recordar lo que la norma ya contempla. El presente trabajo intenta recordar lo que ya establecen el art.25.2 CE y el principio penitenciario de individualización científica en relación con el tratamiento específico y especializado de las mujeres en prisión. A la vez, plantea una apuesta de futuro que procura una mayor intervención tratamental, en detrimento de la mera diferenciación de carácter jurídico entre los colectivos afectados.