La hipótesis de partida del presente trabajo radica en que la Constitución italiana únicamente prevé «revisiones» constitucionales, homogéneas o incluso puntuales (apartado 1). No obstante, el autor critica que las fuerzas políticas han intentado aprobar hasta en seis ocasiones «reformas» constitucionales que, como tales, no son homogéneas. En concreto, cuatro de ellas no consiguieron ser aprobadas, mientras otras dos, aun siendo aprobadas por el Parlamento, acabaron siendo rechazadas tras sendos referéndums en 2006 y 2016 (apartado 2). Por lo tanto, el análisis revela que el significado original del concepto de «revisión» previsto en el artículo 138 de la Constitución italiana se ha mantenido firme (apartado 3). Finalmente, el autor somete a escrutinio la «reforma Boschi» (apartado 4), que fue abordada a iniciativa del líder del Partido Democrático, Matteo Renzi, siendo asimismo rechazada en sede popular. En efecto, dicha reforma planteaba serias perplejidades, tanto por la violación de la elección directa del Senado, como por la naturaleza contradictoria de la disciplina de los Senadores, por la diferenciación excesiva de los procedimientos legislativos y, por último, por la violación del principio constitucional de la garantía de las autonomías territoriales.