María-Ángeles Fuentes-Loureiro
A través de la Directiva 2008/99/CE, la Unión Europea instó a sus Estados Miembros a introducir en sus ordenamientos la responsabilidad penal de las personas jurídicas por la comisión de delitos contra el medio ambiente. Cumpliendo con el imperativo comunitario, la LO 5/2010 incluyó la delincuencia ambiental en el elenco de delitos por los que responden penalmente las personas jurídicas. En este contexto, el presente estudio analiza la respuesta judicial al fenómeno criminal medioambiental en el ámbito empresarial, haciendo especial hincapié en la efectividad de la penalidad prevista para este tipo de delitos.