Iñigo María Gorostiza Jiménez
Referida al principio de irretroactividad de la ley penal, se comenta la reciente sentencia del Tribunal Supremo de 8 de mayo, que estima el recurso de casación interpuesto por una corporación, anula y casa la condena que una Audiencia Provincial había impuesto a una empresa por la que esta quedaba obligada al pago directo y solidario de la pena de multa con que se había castigado a la persona física administradora de la empresa.