La protección de los datos de carácter personal que manejan los juzgados y tribunales en el desempeño de sus funciones deja al descubierto la enfermedad sistémica de nuestro modelo de sistema judicial. Lo que el Reglamento (UE) 2016/679 puso en evidencia con su entrada en vigor el pasado 25 de mayo de 2018, lo confirma, por omisión, la nueva Ley Orgánica de Protección de Datos que, no sólo no da respuesta adecuada a los retos planteados, especialmente en sus disposiciones adicionales, sino que devuelve el problema a su punto de origen en una clara manifestación del legislador de pretender seguir amparando los endebles pilares normativos que sustentan el mercado de datos en que se ha convertido el juego de poderes en el ámbito judicial.