El Tribunal Constitucional, en la STC 37/2019, de 26 de marzo, viene a perfilar el canon constitucional del control de las decisiones judiciales que, no siendo susceptibles de ulterior recurso ordinario según el Derecho interno, dejan de aplicar una ley nacional por entender que es incompatible con el Derecho de la Unión Europea, sin plantear previamente cuestión prejudicial ante el TJUE, fundamentando su decisión en el contenido de una o varias sentencias del referido Tribunal de Justicia considera constitutivas de un «acto aclarado».