Palma de Mallorca, España
La figura del condohotel, que consiste en la enajenación de unidades de alojamiento de un establecimiento de alojamiento turístico, aparece regulada en la legislación turística exclusivamente en tres Comunidades Autónomas en España. En el resto se llevan a cabo actos de división horizontal o de condominio. Todo ello bajo el principio de unidad de explotación y de uso exclusivo turístico. En cualquier caso en el suelo rústico se plantea la problemática de la división o segregación de fincas, que se analiza en el presente artículo.