La LRISP de 2007 establece el régimen para la reutilización de los documentos elaborados o custodiados por las Administraciones y organismos del sector público, que deben velar por que la información pueda usarse con fines comerciales o no comerciales por cualquiera. Los organismos y centros públicos de investigación quedan excluidos de dicho régimen pero no de forma total, porque los archivos y bibliotecas que forman parte de ellos se someten a la Ley en su faceta de instituciones culturales. Para las bibliotecas y archivos entran en juego distintas reglas sobre los documentos susceptibles de reutilización que son objeto de propiedad intelectual según la titularidad de los derechos.