Las declaraciones prestadas por las víctimas de este tipo de violencia de género en dependencias policiales no tienen un verdadero valor probatorio capaz de enervar el principio de presunción de inocencia del autor. Si bien, cuando los funcionarios policiales actúen como testigos en el juicio oral sus manifestaciones podrán ser consideradas notablemente relevantes por razón de su experiencia profesional, en los términos que han sido declarados por la reciente jurisprudencia del Tribunal Supremo.