En el presente artículo se sostiene que la articulación de las jurisdicciones que garantizan cada uno de los sistemas normativos autónomos aplicables en España no puede realizarse a partir de un vértice común a todas ellas, sino, allí donde cabe el solapamiento o la contradicción, es decir, en el ámbito de los derechos individuales, mediante la adscripción de cada una de aquellas jurisdicciones a tareas específicas (y sucesivas) en el proceso de definición y defensa de estos derechos. La entrada en vigor de la Carta de Niza ha hecho que esa articulación sea ahora conceptualmente imposible, dada la vocación constituyente a la que sirve una Declaración de derechos concebida en los mismos términos que una Carta constitucional.
This article argues that the articulation of those jurisdictions that guarantee each of the autonomous legal systems applicable in Spain cannot be done through an apex common to all of them, but instead, there where overlapping and contradiction may occur, that is, in the realm of individual rights, through the assignment of each of those jurisdictions to specific (and consecutive) tasks in the process of definition and defence of those rights. The entry into force of the Charter of Fundamental Rights of the European Union has now made this articulation conceptually impossible, due to the constituent vocation of a declaration of rights conceived which in the terms of a constitutional Charter.