El control de los medios tecnológicos de comunicación, propiedad de la empresa, que usan los trabajadores en el desempeño de su trabajo constituye una de las cuestiones de mayor interés en el ámbito de las relaciones laborales. Los tribunales de justicia han dictado resoluciones que han ido resolviendo los problemas planteados ofreciendo pautas en la materia. A este fin sirve la reciente STS de 8 de febrero de 2018 en la que se concretan los requisitos y límites del control empresarial sobre los correos electrónicos corporativos del trabajador de un modo especialmente detallado con base en la Jurisprudencia del TEDH, la del TC y la propia dictada por el TS y los TTSSJJ en esta materia.