Ricardo Cabanas Trejo
El presente artículo, con ocasión de comentar tres recientes resoluciones de la DGRN referidas a una venta posterior a la conclusión del concurso, pero antes de su firmeza, pasa revista a los problemas de relación del registro de la propiedad con el concurso de acreedores cuando se trata de la inscripción de actos de disposición otorgados por el concursado.