Miguel Angel García Valderrey
Cuando la Administración del Estado o de las Comunidades Autónomas considere, en el ámbito de sus competencias, que un acto o acuerdo de alguna Entidad local infringe el ordenamiento jurídico, podrá requerirla para que anule dicho acto en el plazo máximo de un mes. En la presente práctica, le ofrecemos los modelos de actuación que puede realizar la administración local en una actuación de requerimiento de nulidad.