María Pilar Marco Francia
La creación del Registro Central de Delincuentes Sexuales se produjo de manera repentina y subrepticia por medio de la Ley 26/2015, de 28 de julio (LA LEY 12419/2015), de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia. Su desarrollo reglamentario posterior ha ido mucho más allá de la mera creación de un Registro de delincuentes sexuales, y ha producido serias distorsiones en el ordenamiento jurídico por una invasión reglamentaria intolerable de materia que, como veremos, debería estar reservada al Derecho penal.