Rafael Leopoldo Aguilera Martínez
Sucinto artículo para llevar a puro y debido efecto el Esquema Nacional de Seguridad y el Reglamento General de Protección de Datos, que establecen la obligación que en las Administraciones Públicas realicen análisis de riesgos para determinar el posible impacto de los tratamientos de datos sobre los derechos y libertades de los trabajadores, personas y las medidas de seguridad aplicables a sus centros directivos