Fernando Ruiz Piñeiro
La parte actora presenta informe técnico, señalándose para su ratificación y posibles aclaraciones una concreta fecha. Se plantea por la administración demandada, la necesidad de asistir con un técnico de propia elección, a fin de estar asesorado suficientemente, dada la complejidad técnica del tema debatido. La Sala acepta la asistencia al acto de dicho técnico, pero establece las condiciones de su presencia e intervención. Interpretación del artículo 60.5 LRJCA.